jueves, 5 de mayo de 2016

!LA LOCUCIÓN ABRE SUS PUERTAS!

Todos conocemos que México, en el actual mandato del presidente Enrique Peña Nieto a lo largo de su periodo se fueron poniendo en práctica las reformas estructurales en el país, siendo de diferentes tipos como lo es la reforma de educación, reforma energética o la laboral.

Entre estos cambios hubo también unos sucesos importantes, entre ellos hubo un cambio en específico por parte de la SEP, en donde eliminan el requisito de obtener un certificado o licencia para ejercer lo que es radio y T.V.
Se abrieron las puertas a todos aquellos que quisieran intentarlo. Ya por ley queda atrás ese requisito que llevaba casi más de cien años, incluso más lejos de lo que fue la época de oro del cine y la radio, aquí en México.



Preguntas Frecuentes...


1. ¿Por qué es necesario el certificado de locutor?
La Ley Federal de Radio y Televisión en su Título Cuarto de funcionamiento, Capítulo Quinto, artículo 84 dice que, “En las transmisiones de las difusoras solamente podrán laborar los locutores que cuenten con certificado de aptitud” Eso fue hasta hace unos meses. Hoy en día es meramente necesario para asegurar la calidad.

2. ¿Qué institución expide en México el certificado de locutor? 
La institución encargada para realizar esta certificación de aptitudes, es la Secretaría de Educación Pública, a través del Departamento de Certificación para Locutores de Radio y Televisión de la Dirección General de Televisión Educativa (DGTVE).

3. ¿El Instituto de Capacitación de la Industria de Radio y Televisión puede tramitar el certificado de locutor? 
El ICIRT, ofrece a sus socios el trámite de certificados para locutor para el personal de las estaciones que aún no cuente con este documento oficial.

4. ¿Quién es un locutor categoría “A”? 
Los locutores de la categoría “A” son quienes han terminado sus estudios de bachillerato o sus equivalentes.

5. ¿Quién es un locutor categoría “B”? 
Los locutores de la categoría “B”, son quienes han terminado sus estudios de enseñanza secundaria o sus equivalentes.

6. ¿Cuánto tiempo tarda el trámite de la expedición del certificado de Locutor? 
La Secretaría de Educación Pública (SEP) se compromete a expedir el certificado en 5 días Hábiles como máximo a partir de la fecha en que se reciba su documentación completa y correcta. 

7. ¿Dónde debo de enviar mi documentación para la expedición del certificado de locutor?
Si eres socio del ICIRT debes de enviar tus documentos en original y copia a la siguiente dirección:

Av. Horacio No. 1013 Esq. Lafontaine Col. Polanco Reforma Deleg. Miguel Hidalgo México, D.F. C.P. 11550 En atención a: Mónica Martínez López Gerente del Instituto de Capacitación de la Industria de Radio y Televisión
También enviar tus documentos directamente a la Dirección General de Televisión Educativa a la siguiente dirección:
Avenida Circunvalación S/N Esq. Tabiqueros Col. Morelos Delg. Venustiano Carranza México, D.F. C.P. 15270 Teléfono: 3601 8100 ext. 56343, 56347,56344 y 56351 Larga distancia sin costo 01 800 2284883 Fax: 5091 8100 ext. 24661 En atención a: Ricardo Totoro Axtle Jefe del Departamento de Certificación para Locutores de Radio y Televisión. Dirección General de Televisión Educativa